Por este medio la Administración Nacional de Correos de la República Oriental del Uruguay (en adelante Correo Uruguayo), y el usuario de este servicio (en adelante Cliente) establecen las condiciones de prestación para que Correo Uruguayo realice gestiones ante la Dirección Nacional de Aduanas (en adelante DNA), en los siguientes términos:
El Cliente solicitará el servicio por medio del Registro de Cliente, brindando toda la información allí requerida y aceptando los Términos y Condiciones del Servicio.
El Registro de Usuario es gratuito y automáticamente luego de confirmado el mismo, podrá ingresar información sobre los envíos que contienen mercadería provenientes del exterior y con destino al territorio uruguayo.
Al registrar cada operación, el cliente deberá realizar una Declaración Jurada.
Pasos a seguir:
a) Ingresar el código de envío o tracking proporcionado por el remitente. Este se compone, según el estándar reconocido por la Unión Postal Universal (UPU), de dos letras al inicio, nueve números y dos letras al final.
Si una compra u obsequio arriba a Uruguay sin número de envío, o si el remitente proporciona uno que no coincide con las características definidas anteriormente, Correo Uruguayo le asignará un nuevo número y se lo comunicará mediante notificación al domicilio que figura en la cubierta del envío.
Una vez notificado, deberá ingresar el código enviado en la página Web de Correo Uruguayo.
b) Dentro del formulario Web deberá elegir una opción de registro de acuerdo al tipo de paquete que corresponda, que podrá ser:
1. paquete de compra
2. paquete de obsequio
c) El cliente que desee utilizar la opción de franquicia deberá cumplir con lo establecido en el Decreto 356/2014, y modificaciones del 16 de diciembre de 2015.
d) Si no se utiliza la opción de franquicia, de igual modo deberá ingresar toda la información de su compra.
** Quien no ingrese la información requerida y/o no abone los montos que correspondan, dichos envíos serán retenidos por DNA o por Correo Uruguayo.
Correo Uruguayo calculará y cobrará sobre el 60 % del valor de factura, en dólares estadounidenses, según declaración del contribuyente, cuyo envío contenga mercadería de hasta 200 USD valor FOB. El cálculo resultante final será el IMADUNI, al Tipo de Cambio del Banco Central del día anterior a la liberación del envío por parte de la DNA.
Si su envío no aplica para la franquicia y el valor de la mercadería de la declaración del contribuyente es mayor a 200 USD requiere que el trámite de liberación sea realizado por un Despachante de Aduana. El Cliente podrá contratar el servicio de Despachante de Aduana que ofrece Correo Uruguayo o contratar el que considere pertinente.
El Cliente podrá realizar el pago de los servicios de Correo Uruguayo y los tributos correspondientes, previo al arribo de sus envíos a Uruguay, a través la página Web de Correo Uruguayo o a través de sus locales comerciales.
Los precios de los servicios prestados por Correo Uruguayo a los envíos provenientes del exterior conteniendo mercadería, y a cargo del Cliente se publicarán en la sección Tarifas de la página Web de Correo Uruguayo (www.correo.com.uy).
Tarifas: gestiones administrativas, costo de almacenaje.
El Cliente podrá eliminar la declaración de su envío solamente en los siguientes casos A) El envío llegó a Uruguay pero el destinatario no pagó los impuestos, ni eligió franquicia; b) El envío no llegó a Uruguay y aún no pagó los impuestos, ni las gestiones administrativas c) El envío no llegó a Uruguay, el destinatario eligió franquicia pero aún no abonó los gastos administrativos.
El número de envío nunca podrá ser modificado, solamente le permitirá eliminarlo en los casos descriptos anteriormente.
El cliente podrá modificar la declaración si su envío no llegó a Uruguay, no así el número de envío.
Si el cliente pagó los cargos correspondientes para el ingreso del envío al país y su envío ya arribó a Uruguay no podrá modificar su registro.
Si su envío es retenido por Aduana y la misma le realiza una reliquidación luego de verificar su declaración con el envío, por un valor mayor al declarado, tendrá costo adicional de gestiones administrativas. Usted podrá abonar ambas cosas, únicamente en el local ubicado dentro del Centro de Distribución Internacional de Correo Uruguayo.
Corresponde la devolución de los Tributos Aduaneros abonados en los siguientes casos:
- envíos que a los 90 días de declarados no hayan arribado al país
- envíos que son devueltos a origen
- envíos que son declarados en abandono
- envíos que tributaron por el régimen simplificado y DNA los retiene determinando la participación de un Despachante de Aduanas (a partir de 15 días de ser liberados por Aduanas)
El cliente deberá presentarse en cualquier local de Correo Uruguayo con su C.I y se le devolverá en pesos uruguayos al tipo de cambio del día (compra).
El cliente dispone de un plazo de 60 días a partir de la configuración de su derecho a efectivizar el cobro.
En ningún caso habrá devolución de gestiones administrativas abonadas.
En caso que el cliente haya pagado los tributos y en forma posterior realice una modificación al valor de la compra declarada, y el nuevo monto sea menor al pagado originalmente, se le asignará a su favor para futuros registros y podrá ser utilizado por un plazo de hasta 180 días. No habrá devolución en efectivo por estos conceptos.
Por la aceptación de estos Términos y Condiciones en su Registro, el Cliente acepta también lo establecido en la sección “política de privacidad” y autoriza lo siguiente:
1. El uso de sus datos personales de conformidad con lo establecido en la Política de Privacidad de Correo Uruguayo, autorizando su información a la DNA.
2. Ídem en el procesamiento que haga Correo Uruguayo en la ROU, con intervención aduanera y de otros organismos, si correspondiere;
3. Ídem para que Correo Uruguayo se contacte con el cliente por temas relacionados con la prestación del Servicio.
4. En el caso de envíos liberados por la DNA que sean rechazados por el Cliente o ante la imposibilidad de entregarlos en la dirección establecida en el Registro, luego de la notificación realizada y vencido el plazo de 15 (quince) días hábiles, el Cliente consiente en que se configure su voluntad para que dicho envío quede a disposición de Correo Uruguayo, quien podrá darle el mejor destino que disponga, sin derecho a reclamación alguna.
5. En el caso de envíos retenidos por la DNA consiente en que su respuesta por medio electrónico a la notificación de Correo Uruguayo, configurar su voluntad de promover las gestiones aduaneras ofrecidas por Correo Uruguayo.
6. para el caso de envíos retenidos por la DNA que sean rechazados por el Cliente o ante el incumplimiento de los trámites aduaneros requeridos para la liberación, luego de la notificación realizada y vencido el plazo de 30 (treinta) días corridos, el envío pasa como Envío en Abandono No Infraccional, sin derecho a reclamación alguna.
7. ante cualquier circunstancia judicial, el Cliente consiente en aplicar la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados de la ROU, prorrogando su jurisdicción a los de la ciudad de Montevideo.